El Índice de Precios de Consumo (IPC) bajó en diciembre un 0,5%, lo que situó la tasa de inflación de 2008 en el 1,4%, según publico el INE el 15 de Enero de 2009.
En aplicación del artículo 45. Incrementos salariales de nuestro actual convenio, que establece para 2008 revisión del salario siempre que supere el IPC el 2%; por lo cual este año no se pagaran atrasos.
Si tenéis alguna duda poneros en contacto con nosotros.
En aplicación del artículo 45. Incrementos salariales de nuestro actual convenio, que establece para 2008 revisión del salario siempre que supere el IPC el 2%; por lo cual este año no se pagaran atrasos.
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1 comentario:
este año(2010) cobraremos atrasos del 2009?? o tampoco nos corresponden.....en caso de ser asi cuando los pagan'' y cuanto seria???
gracias
un saludo
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